227 Crónicas Provinciales Figura 6-1. Curso 1947/48. Profesores y maestros posando en el patio de la primitiva Escuela de Formación Profesional Industrial de Villanueva de la Serena durante la fiesta del día del centro “San Juan Bosco” establecida el 31 de enero de cada año a partir de 1947. Fuente: Cedida por Luis A. Morcillo (hijo del escultordecorador Juan F. Morcillo Tena). A tal efecto camina en España la formación profesional, tanto industrial como artística que se hacía preciso que el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes formulara otro R.D. compuesto de XV Capítulos estableciendo un Reglamento Orgánico para las Escuelas Industriales y las de Artes y Oficios especificando derechos y deberes para todo el personal docente, no docente y alumnado así como estableciendo el sistema de pensionado y becas implicando en esto último a los Municipios y Diputaciones8. En otras publicaciones del autor de este estudio, ya se ha mencionado parte literal de los amplios Estatutos de 1924 y 1928. El primero de ellos9 consta de 78 artículos e implica al mismo Estado, las Diputaciones Provinciales, las Mancomunidades y a los Municipios a fin de consignar en sus presupuestos la creación y sostenimiento de las futuras Escuelas de Ingenieros y Peritos Industriales y la imposición de pensionados a los alumnos más aventajados unido al fomento del estudio sobre la investigación, haciéndose preciso la creación de un Reglamento provisional que regule el funcionamiento de estos centros industriales. Vista la senda tan positiva que van tomando en España las diversas enseñanzas profesionales, el Rey Alfonso XIII establece el R.D. número 2.451 por el que se aprueba y publica, por primer vez en nuestro país, el Estatuto de Formación Profesional que consta de VI Libros, amplias articulaciones y cinco D. T. firmando esta normativa el Ministro de Trabajo y Previsión11 Eduardo Aunós Pérez, preceptiva que se dirige al derecho de recibir enseñanzas y ejercitarlas a los aspirantes de ambos sexos: técnicos industriales, peritos, oficiales, maestros artesanos… que se irán formando en los respectivos centros de nueva creación implicando en ello, a las Mancomunidades, Municipios, Diputaciones, Federa-
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